Problemas familiares derivados de una herencia

Problemas familiares derivados de una herencia

La muerte de un ser querido es una circunstancia difícil y dolorosa para las familias. Al duelo se suele añadir otra preocupación: la herencia.

El reparto de los bienes puede ser un trámite sencillo o convertirse en una auténtica pesadilla. Si algún familiar no está de acuerdo con el reparto de los bienes, la cuestión de la herencia puede terminar en los tribunales.

Nos podemos encontrar en dos situaciones:

  • Herencia con testamento:

El fallecido establece por escrito el reparto de sus bienes, o nombrará a  alguien para que lo haga, no pudiendo perjudicar a los herederos forzosos (cónyuge, hijos o padres), que siempre recibirán una parte de los bienes.

Los herederos forzosos recibirán la legítima (dos terceras partes de la herencia), que deberán repartirse de forma igualitaria. Y el resto de la herencia es de libre disposición pudiendo otorgarse a quien se desee, sea familiar o no.

  • Herencia sin testamento:

Cuando no existe testamento, los hijos mayores de edad se repartirán los bienes como deseen; y si no llegan a un acuerdo, será un juez quien se encargará de dividir la herencia.

Para evitar futuros conflictos familiares es recomendable formalizar testamento,  realizando el reparto en los bienes en vida, y siempre asesorado por un profesional en la materia.

 

Si necesitas más información para proteger tus intereses no dudes en consultarnos. Escríbenos a hola@mara-abogados.es, o llama para pedir una cita al 960 62 77 79.

Un juzgado anula la cláusula que permite ejecutar una hipoteca por incumplir un pago.

Un juzgado anula la cláusula que permite ejecutar una hipoteca por incumplir un pago.

Un Juzgado de Madrid ha declarado nula la cláusula de vencimiento anticipado de una hipoteca firmada por una pareja con Bankia. Esta cláusula permitía al banco ejecutar la hipoteca ante cualquier incumplimiento de los pagos por parte de los clientes, por pequeño que fuera.

El juzgado considera nula por abusiva esa cláusula, dado que ocasiona un «desequilibrio grave» entre los derechos del banco y los clientes, por lo que ordena eliminarla del contrato. Además, anula los intereses de demora pactados en caso de impago al considerarlos abusivos por demasiado altos y condena a Bankia a hacer frente a los gastos notariales y registrales derivados de la firma de la hipoteca.

 

Fuente: El Economista

La custodia compartida no exime del pago de alimentos.

La custodia compartida no exime del pago de alimentos.

La Sala del TS en fecha 11 de febrero de 2016 resolvió la alegación de un recurrente que entiende que al adoptarse el sistema de custodia compartida no es necesario el pago de alimentos, pues cada uno de los progenitores se hará cargo de los mismos durante el periodo que tenga la custodia compartida de los menores.

El TS declara que la custodia compartida no exime del pago de alimentos, cuando exista desproporción entre los ingresos de ambos cónyuges, o, como en este caso, cuando la progenitora no percibe salario o rendimiento alguno, ya que la cuantía de los alimentos será proporcional a las necesidades del que los percibe, pero también al caudal de quien los da.

Mi exmujer convive con su novio en mi casa. ¿Puedo desahuciarle?

Mi exmujer convive con su novio en mi casa. ¿Puedo desahuciarle?

La Audiencia Provincial de Madrid ha resuelto un caso en el que el exmarido pretendía desahuciar al compañero sentimental de su exmujer, que convivía con ella en la vivienda que le fue adjudicada en el divorcio para que residieran ella y sus hijos menores. La pareja sentimental de su ex se instaló en el piso y no abonaba ninguna renta. A lo que hay que añadir que la casa era de titularidad exclusiva del esposo.

Éste intentó que se echara al «ocupante» del piso mediante un desahucio por utilizar el inmueble, sin pagar renta a cambio, y sin ser titular de ningún derecho (ni ser propietario ni ser arrendador).

La sentencia rechazó la demanda al entender que el derecho del demandado, actual pareja de su ex, provenía del consentimiento por convivencia, derivado de su relación de afectividad con la persona que tenía el uso del inmueble; y tampoco cabía hablar de enriquecimiento injusto del demandado o empobrecimiento  del exmarido.

Indemnización a su exmujer por los trabajos domésticos.

Indemnización a su exmujer por los trabajos domésticos.

Un Tribunal de Cantabria ha reconocido a una mujer su derecho a ser indemnizada por su exmarido con 23.628 € por los trabajos domésticos que desempeñó la misma durante su periodo de convivencia de 6 años.

La pareja, que contrajo matrimonio en régimen de separación de bienes, se separó de manera legal. Fue a principios de 2007 cuando reanudaron la convivencia hasta que en mayo de 2013 se dictó sentencia de divorcio.

Según explica la sentencia, la mujer abandonó su actividad laboral para dedicarse exclusivamente a las labores del hogar tras reiniciarse la convivencia. El marido prescindió así del servicio doméstico remunerado contratado durante la separación. Esta situación le “benefició”, según la Audiencia.

Links:

http://www.elmundo.es/sociedad/2017/04/12/58ee119b268e3eea598b4677.html

http://www.elderecho.com/actualidad/indemnizar-exmujer-trabajo-domestico-convivencia-separacion-bienes_0_1078875016.html