EMPRENDEDOR, REGISTRA TU MARCA.

EMPRENDEDOR, REGISTRA TU MARCA.

Los emprendedores no son conscientes que el registro de la marca es una necesidad. Más allá de lo que se creía antaño de que la marca servía de manera simple para la denominación o identificación del producto o servicio. Bien, esto sigue siendo cierto aunque la marca como tal, ha evolucionado y tiene una significación más importante, como la identidad empresarial y las diferentes líneas de negocio. La marca, su presencia y gestión se han convertido en un activo empresarial muy relevante.

 Su objetivo no solo es identificar, sino también captar y retener a sus consumidores.

A la hora de decidir si se registra la marca o no, se suelen tener unas creencias erróneas, entre otras:

1.- Creer que solo las marcas conocidas deben registrarse. Se olvida que tales marcas alguna vez fueron desconocidas siendo un error muy común entre los empresarios. Evitan pensar en una estrategia de posicionamiento de marca, sin la cual, actualmente no es posible atraer clientes.

2.- Creer que el simple hecho de registrar una marca hace que los consumidores deban conocerla ampliamente. EL registro de marca es para evitar que terceros se aprovechen de la misma, pero la labor de posicionar la marca entre los consumidores no se hace sola, y requiere de una fuerte estrategia para así llegar a los nuevos clientes.

3.- Creer en el registro de marca cuando ya es un activo importante de la empresa. Es el peor error en el que pueden caer los empresarios, dado que de nada sirve que sea una marca fuerte y conocida si esta no puede ser sujeto de negociación en caso de venta de la empresa, y, podría incluso perder su valor comercial por falta de garantías legales propias del registro de marca.

4.- Creer que solo las marcas con reconocimiento en el mercado son las únicas en lograr una relación directa con el consumidor, pudiendo fidelizar fácilmente. Este tipo de empresarios no confían en su marca, no se identifican con ella, evitan el registro de la marca, no tienen estrategias de posicionamiento y suelen cambiar de marca constantemente.

5.- Creer que la inversión realizada al registrar la marca es demasiado alta, no viéndolo necesario. Es una de las ideas más peligrosas, dado que terceros pueden robar la marca y así perder toda la inversión que se ha hecho para darla a conocer entre sus clientes.

Se ha demostrado que es una inversión mínima en comparación con el hecho de poder oponerse a terceros que se aprovechen de su marca y así hacer valer sus derechos como único titular.

En conclusión, la marca puede convertirse en un importante activo de una empresa, siendo esencial que se proteja de forma adecuada y evitar así que terceros se aprovechen de todo el esfuerzo realizado para posicionarla en el mercado.

 

¿Entiende la importancia de registrar su marca?

Si necesitas más información para proteger tus intereses no dudes en consultarnos. Escríbenos a hola@mara-abogados.es, o llama para pedir una cita al 960 62 77 79.

Asegura tu diferencia empresarial

Asegura tu diferencia empresarial

Asegura tu diferencia empresarial

La propiedad industrial se ha convertido en una de las principales armas competitivas de las organizaciones para crecer y exportar.

La zona europea de comercio permite tener una cobertura más rápida y dinámica sobre los posibles riesgos de competencia desleal. Aún así, gracias a la globalización, la mayor parte de nuestros mercados o clientes necesarios para desarrollar nuestros negocios no están en Europa. Y por ello, es un hecho que nuestras características y definiciones como empresa y negocio se protegen con métodos internacionales y globales.

Hace unos años, la propiedad industrial suponía, de media, el 20 % del valor de una empresa, y hoy es el 84%. Las compañías que informan a sus clientes sobre sus patentes, modelos de utilidad o diseño, están transmitiendo que son innovadoras, y que invierten en I+D.

Este crecimiento va en consonancia a la capacidad de mercadear globalmente con intangibles. Por ejemplo, Asia durante más de una década ha facilitado que empresas europeas instalen sus factorías en su territorio. A cambio, estas depositaban y transferían su “saber hacer” y su tecnología. Esto les permite hoy en día posicionarse en gran parte de los sectores comerciales.

La propiedad intelectual = sociedades innovadoras

La propiedad industrial sirve como arma para garantizar que una empresa mantenga su conocimiento protegido de cualquier plagio, copia o uso indebido. En mercados internacionales y con herramientas de monitorización de la explotación a terceros en modos de cesión, uso restringido y un largo etcétera.

A modo de conclusión, opino que la propiedad industrial es el arma para garantizar el crecimiento de las sociedades innovadoras, sea cual sea su tamaño.

Si necesitas más información para proteger tus intereses, no dudes en consultarnos. Escríbenos a hola@mara-abogados.es, o llama para pedir una cita al 960 62 77 79.

Consejos para negociar el pacto de socios

Consejos para negociar el pacto de socios

Consejos para negociar el pacto de socios:

Si vas a suscribir un pacto de socios, busca el asesoramiento de un experto:

(1º)  Pregúntate qué estás buscando tú con el proyecto de startup (conseguir autoempleo, vender la empresa, etc.) y qué es lo que buscan el resto de tus socios.

(2º)  Plantéate qué tipo de compromisos estarías dispuestos a asumir en el proyecto y cuáles exigirías a tus socios.

(3º)  No tengas miedo a negociar y hablar de forma clara con tus socios.

(4º)  Presta especial atención al redactado de las cláusulas del pacto de socios.

(5º)  No firmes lo que no entiendas.

A veces los consejos breves son los mejores 😉 .

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¿Cómo protejo mis secretos empresariales?

¿Cómo protejo mis secretos empresariales?

La información técnica, comercial, estratégica o aquella vinculada a innovaciones genera valor en la actividad empresarial.Los secretos suponen el valor añadido para cualquier relación comercial y de un impacto incalculable para la valoración de cualquier negocio.

En algunos casos no se puede proteger mediante una patente, pues esta sólo protege a lo que califica como una invención con novedad y altura inventiva. Sin embargo, podemos proteger valiosa información bajo el régimen de los secretos empresariales.

La empresa deberá lograr que aquellos que accedan a sus secretos con autorización asuman la obligación de hacerlo con reserva y de no utilizarlos para otros fines; es esencial blindarse con unos buenos contratos de confidencialidad.

Además, la empresa deberá utilizar todos los medios de seguridad física, material o tecnológica a su alcance, para evitar que sus secretos empresariales sean divulgados, explotados, extraídos, espiados o adquiridos por terceros.

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Cómo proteger una APP

Cómo proteger una APP

Cómo proteger una APP

¿ Qué resulta más conveniente ? hay muchas posibilidades, tales como el derecho de autor, el registro de la marca, diferenciar y proteger el diseño, incluso en ocasiones hacer uso del registro de patentes.

En España, una aplicación para sistemas operativos (PC o de dispositivos móviles) no pueden ni deben protegerse mediante patente. La vía más útil suele ser la de derechos de autor. Es una gran diferencia respecto a los Estados Unidos, que la norma Europea especifique que un programa de ordenador como tal no es una invención patentable, siendo necesario que para que funciones esté instalado en un ordenador. Otra cuestión es si la aplicación se vincula a maquinaria específica no multi propósito el cuál ha tenido un diseño de hardware específico.

Para una APP que se instala en un sistema operativo la mejor protección es mediante derechos de autoría a esa obra ( con un específico lenguaje de programación, código compilado a binario, etc). Algo polémico sobre que defensas existen es que mediante el código algunos piensan que no se protege la idea o funcionalidad de la aplicación. En todo caso, bajo el paraguas del derecho de autoría se protegerá toda la documentación técnica, los manuales y documentos necesarios para la elaboración de la obra.

Para comercializar o dar a conocer la aplicación, también deberemos realizar el registro de la marca, para que comercialmente no tengamos interferencias por parte de la competencia. Al fin y al cabo, la marca genera un valor intangible muy valioso para cualquier producto.

Hemos dicho anteriormente que en Europa no podemos proteger la funcionalidad ni la idea como tal, pero gracias al registro del diseño industrial podemos tener una protección en lo relativo al diseño y la organización de los elementos visuales, según se disponen en la pantalla del ordenador, del móvil o de cualquier otro gadget en el que vaya a ejecutarse nuestra aplicación.

El registro de marca, diseño industrial o propiedad intelectual es muy recomendable hacerlo a través de un profesional especializado en la protección de software.

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Condena millonaria a una empresa valenciana por el uso de software ilegal.

Condena millonaria a una empresa valenciana por el uso de software ilegal.

Condena millonaria a una empresa valenciana por el uso de software ilegal.

La mayoría de las empresas, para ahorrar gastos deciden instalar copias sin licencia de determinados programas; desde programas de gestión hasta paquetes básicos de ofimática.

Ello supone no sólo una infracción del copyright, sino también un enorme riesgo para las empresas infractoras. El ejemplo más relevante es la sentencia del mes de marzo del 2017, el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante condenó a una empresa a abonar 453.000 euros por utilizar en sus ordenadores corporativos un software sin la correspondiente licencia. En el último año han surgido más sentencias relevantes que castigan a los infractores con cuantiosas multas.

La empresa que usa software ilegal no debería dormir tranquila; está poniendo en riesgo la seguridad de su información, dado que existen virus y malware no deseado que atacan directamente al software sin licencia, amenazando la seguridad de la empresa; además, las pólizas de las compañías aseguradoras excluyen los daños por el uso de software sin licencia, por lo que no se harían responsables del daño sufrido.

Según Carlos Pérez, socio responsable del área de IT, Risk & Compliance de la firmal legal Ecija, «esta sentencia es un ejemplo de los graves riesgos legales a los que se enfrentan las empresas que utilizan para su beneficio software sin adquirir los derechos del mismo a través del correspondiente acuerdo con el fabricante. Además de ser un acto de clara competencia desleal, supone una infracción que como vemos puede tener consecuencias económicas y operativas muy importantes».

La empresa infractora se arriesga a sufrir multas millonarias, perder subvenciones, incentivos fiscales, incluso cese de la actividad de la empresa; sumando el coste del  riesgo reputacional, que puede suponer una disminución importante de negocio

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