Cómo proteger una APP

Cómo proteger una APP

Cómo proteger una APP

¿ Qué resulta más conveniente ? hay muchas posibilidades, tales como el derecho de autor, el registro de la marca, diferenciar y proteger el diseño, incluso en ocasiones hacer uso del registro de patentes.

En España, una aplicación para sistemas operativos (PC o de dispositivos móviles) no pueden ni deben protegerse mediante patente. La vía más útil suele ser la de derechos de autor. Es una gran diferencia respecto a los Estados Unidos, que la norma Europea especifique que un programa de ordenador como tal no es una invención patentable, siendo necesario que para que funciones esté instalado en un ordenador. Otra cuestión es si la aplicación se vincula a maquinaria específica no multi propósito el cuál ha tenido un diseño de hardware específico.

Para una APP que se instala en un sistema operativo la mejor protección es mediante derechos de autoría a esa obra ( con un específico lenguaje de programación, código compilado a binario, etc). Algo polémico sobre que defensas existen es que mediante el código algunos piensan que no se protege la idea o funcionalidad de la aplicación. En todo caso, bajo el paraguas del derecho de autoría se protegerá toda la documentación técnica, los manuales y documentos necesarios para la elaboración de la obra.

Para comercializar o dar a conocer la aplicación, también deberemos realizar el registro de la marca, para que comercialmente no tengamos interferencias por parte de la competencia. Al fin y al cabo, la marca genera un valor intangible muy valioso para cualquier producto.

Hemos dicho anteriormente que en Europa no podemos proteger la funcionalidad ni la idea como tal, pero gracias al registro del diseño industrial podemos tener una protección en lo relativo al diseño y la organización de los elementos visuales, según se disponen en la pantalla del ordenador, del móvil o de cualquier otro gadget en el que vaya a ejecutarse nuestra aplicación.

El registro de marca, diseño industrial o propiedad intelectual es muy recomendable hacerlo a través de un profesional especializado en la protección de software.

Si necesitas más información para proteger tus intereses no dudes en consultarnos. Escríbenos a hola@mara-abogados.es, o llama para pedir una cita al 960 62 77 79.

¿Qué tipo de protección necesita mi negocio?

¿Qué tipo de protección necesita mi negocio?

La patente no siempre es lo más recomendable para proteger un negocio, una invención o producto. Dado que, en la patente existe una limitación temporal en su protección (20 años improrrogables); además de tener la obligación de utilizarlo. Debemos valorar las distintas opciones que nos permite la le y que tipo de protección necesita mi negocio; una opción podrá ser más beneficiosa para un caso concreto y no para otros.

Por poner un ejemplo, la Coca Cola, como negocio no tiene protección  basada en patentes,  y sin embargo su fórmula es el secreto mejor guardado; posiblemente sea uno de los mejores negocios. Pues, de haberse patentado, su fórmula ahora sería pública y no interesa. El secreto industrial se debe proteger mediante contratos y cláusulas de confidencialidad.

También podemos plantearnos proteger el producto ( o negocio) mediante diseño industrial. En este caso tendremos en cuenta que el plazo de protección también es limitado.Puede resultar más interesante registrarlo como marca tridimensional, que la protección no está sujeta a limitación temporal.

Así mismo,  hay que valorar si es más  conveniente que un mismo producto tenga varias protecciones (patentes, diseño, marcas, derechos de autor…), como suele ocurrir en el negocio de la telefonía móvil.

Si necesitas más información para proteger tus intereses no dudes en consultarnos. Escríbenos a hola@mara-abogados.es, o llama para pedir una cita al 960 62 77 79.